
El presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier, aclaró que en la controversial sentencia en que eliminaron los requisitos a las candidaturas independientes ellos no crearon la figura.
«Aquí es preciso destacar que el TC no creó la figura de las candidaturas independientes, sino que ajustó la redacción del texto legal impugnado al principio de razonabilidad», alegó.
La sentencia TC/0788/24 determinó que la redacción de la normativa impugnada adolecía de falencias que vulneraban el derecho a la participación política de la ciudadanía en los procesos electorales.
El juez constitucional leyó una lista de los fallos más relevantes que resultaron de acciones directas de inconstitucionalidad, en una audiencia solemne por el décimo tercer aniversario de la corte que preside.
Aseguró que esas decisiones han generado «interesantísimos debates jurídicos-constitucionales» a los que la alta corte prestaría especial atención.
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