La Junta Central Electoral (JCE) pospuso el conocimiento de la inscripción de la candidatura presidencial de Leonel Fernández hasta tanto el Tribunal Constitucional (TC) decida el recurso que validaría o no si puede ser candidato.
Así lo decidió el Pleno hoy mediante resolución 29-2019, al razonar que “el Tribunal Constitucional formalmente apoderado, al momento de pronunciarse sobre el fondo del asunto planteado en la Acción Directa de lnconstitucionalidad ya mencionada, es la única jurisdicción Constitucionalmente competente en razón de la materia, para el conocimiento y decisión de una acción de esta naturaleza”.
Agrega que “ la Junta Central Electoral no es un tribunal del orden judicial, que conforme al Art. 188 de la Constitución si tendría, en el caso de serlo, competencia para conocer por vía difusa de la excepción de inconstitucionalidad de las leyes y los reglamentos, que en esta oportunidad se esgrime por vía directa ante el Tribunal Constitucional”.
El TC está apoderado de un recurso incoado por Daniel Beltré contra el numeral cuarto del artículo 49 de la Ley de Partidos (33-18); y los artículos 134 de la Ley Electoral 15-19 y número 10 del reglamento de la JCE que norma la escogencia de candidatos a través de convenciones, al alegar que vulneran el derecho a elegir y ser elegido establecido en la Constitución.
Las leyes de Partidos y Electoral prohiben la inscripción de un aspirante que haya perdido en un proceso interno pueda ser inscrito por otro partido en el mismo evento electoral.
El pasado ocho de noviembre el TC dio un plazo de 30 días, conforme a Ley de procedimiento Constitucional para que el presidente de la JCE, Julio César Castaños, de su opinión al respecto de este recurso.
El pasado viernes, el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y otras organizaciones inscribieron la candidatura de Fernández, la cual debía ser conocida por la JCE a más tardar el miércoles.
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