
El Ministerio Público puede perseguir de oficio el caso del exponente de música urbana El Mayor Clásico, quien recibió varias heridas de arma blanca por parte de su pareja, pese a haber anunciado que pasarían la página y acudirían a ayuda profesional tras el incidente.
Sobre la obligatoriedad de la acción pública, el artículo 30 del Código Procesal Penal establece: «El ministerio público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga conocimiento, siempre que existan suficientes elementos fácticos para verificar su ocurrencia. La acción pública no se puede suspender, interrumpir ni hacer cesar, sino en los casos y según lo establecido en este código y las leyes».
En un video que se viralizó en las redes sociales, se puede ver al cantante con varias heridas en distintas partes del cuerpo mientras es atendido en un centro de salud no especificado, material que puede ser usado por la justicia para someter a su esposa. También circuló un audio en el cual presuntamente la señora, identificada solo como Carolina, dice que cometió la acción debido a que era sometida a constantes maltratos de parte de su pareja, a quien definió como «muy violento».
En un comunicado dado a conocer por el mánager del artista, Marino López, la pareja dejó a entrever que no tomarán acciones judiciales y que está en manos de profesionales en temas de pareja.
«Revelamos que la solución a la situación está en manos de profesionales en temas de pareja, el cual ambos tomaron la decisión para una mejor vida futura conyugal. Pedimos no hacer eco de especulaciones filtradas a las redes sociales por la paz mental de la pareja», dice.
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