
La Ley 57-96, sobre Exoneraciones a Miembros del Poder Legislativo, aprobada en noviembre de 1996, no solo permitió a los congresistas importar libre de impuestos cualquier vehículo de su preferencia, sino que no establece una fecha de vencimiento de dicho privilegio.
La citada Ley modificó otra norma, la 21-87, que establecía un tope de US$18,00.00, en ese beneficio. “Cada legislador importará libre de impuestos un vehículo de motor cada dos años, sin importar el tipo, marca, modelo, año, cilindraje, CIF, etc.”, reza el artículo dos de la Ley que señala que el vehículo importado estará exento de recargos, multas, etc., así como también cualquier restricción o prohibición.
Las características de este privilegio facilitaron la importación de un… Seguir leyendo
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