Este martes, el juez Deiby Timoteo Peguero del Séptimo Juzgado de Instrucción decidirá si dicta apertura a juicio de fondo o rechaza la acusación del Ministerio Público en contra de los 26 acusados en Operación Antipulpo, red que supuestamente lideraban los hermanos Alexis y Carmen Magalys Medina Sánchez y con la que se habría estafado al Estado dominicano con más de 5,000 millones de pesos.
De fallar por un auto de apertura a juicio, el juez “considera que la acusación tiene fundamentos suficientes para justificar la probabilidad de una condena” de los imputados, establece el artículo 303 del Código Procesal Penal.
En caso de dictar un no ha lugar es porque entiende que los hechos que se les señalan a los involucrados no fueron cometidos por estos; la acción penal se ha extinguido, el hecho no constituye un tipo penal; la persona no puede ser considerada penalmente responsable o fueron insuficientes los elementos de prueba para fundamentar la acusación, según establece la ley 76-02 modificada por la 10-15.
En dos gestiones
El supuesto fraude cometido por la red contra el Estado se produjo, según la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca) en las dos gestiones consecutivas del expresidente Danilo Medina (2012-2020), hermano de los imputados, a través de licitaciones que señala como irregulares en las que se seleccionaban las empresas de Alexis Medina para suplir de equipos hospitalarios, medicamentos, combustibles y hasta cemento asfáltico (AC-30).
“Las acciones delictivas de sustracción de fondos de la organización criminal afectaron el sistema de salud pública, la educación, la seguridad ciudadana a través de la Policía Nacional, el sistema de energía eléctrico (a través de EdeEste y la UERS), la seguridad vial” y las elecciones nacionales del 2016 y 2020 a través “de financiamiento ilícito de las campañas electorales con los fondos de las empresas reformadas (Fonper), dice el Ministerio Público.
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