El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) prohibió este martes el uso e instalación de neumáticos remodelados, caducados, usados o recauchutados, no aptos para la circulación en vehículos pesados y livianos en todo el territorio nacional.
La disposición está contenida en la Resolución 002-2019, que prohíbe el uso de este tipo de neumáticos, y que otorga un plazo de 60 días para que los ciudadanos cumplan con la disposición.
La resolución dicta que el neumático que esté nuevo de fábrica, pero que no haya sido instalado o utilizado en un periodo de cuatro (4) años calculados a partir de la fecha de fabricación impresa, queda catalogado como caducado.
La medida, disponible en el portal intrant.gob.do, incluye los neumáticos que hayan ingresado bajo el régimen de admisión temporal sin transformación, que no cumpla con las normas establecidas en las especificaciones técnicas.
De acuerdo con una nota de prensa, la disposición del INTRANT tiene como propósito garantizar la Seguridad Vial de los ciudadanos, y reducir los casos de accidentalidad en las vías, asociados al desplazamiento de vehículos con neumáticos en mal estado.
La prohibición detalla las concordancias entre la llanta y el neumático; la presión de inflado que indica el fabricante, la profundidad de relieve que debe tener al menos 1.6 milímetros en vehículos livianos y 2.5 milímetros para pesados.
Explica que los neumáticos no deben presentar protuberancias, ampollas, deformaciones, roturas, grietas u otros signos que evidencien desprendimiento de alguna capa o banda de rodamiento.
El INTRANT informó que a partir de este martes 26 de febrero, se otorga un plazo de 60 días calendario para que todos los conductores de vehículos de motor, cuyos neumáticos no se encuentren aptos para la circulación, cumplan con lo establecido en la resolución 002-2019.
El incumplimiento de la medida conllevará una multa de (1) año de salario mínimo del que impere en el sector público centralizado.
De acuerdo al comunicado enviado por el INTRANT, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), supervisará y fiscalizará la ejecución de la disposición establecida en la dicha resolución de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.
Los agentes de DIGESETT podrán retener los vehículos que infrinjan las disposiciones establecidas, en los casos en que los neumáticos estén visiblemente desgastados, con roturas y en mal estado.
El INTRANT es un organismo descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, encargado de cumplir y hacer cumplir la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, como organismo rector del tránsito, el transporte terrestre, la movilidad y la Seguridad Vial en la República Dominicana. Tiene dentro de sus objetivos inmediatos reducir en un 30% las víctimas del tránsito al año 2020.
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