El Ministerio de Hacienda, mediante la resolución 005-2019, dejó sin efecto la distancia mínima de 200 metros lineales que debe existir entre una banca de lotería y otra; y redujo la limitación a los que busquen operar próximo a algunos centros públicos.
La institución explica que la apertura será durante el período de vigencia de la Ley 61-18, de fecha 13 de diciembre de 2018.
Los 200 metros lineales se deberán cumplir ahora cuando las bancas quieran operar próximo a escuelas públicas, colegios privados, estancias infantiles, Centros de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), hospitales, iglesias debidamente incorporadas y sedes principales de los tres poderes del Estado.
Además, mediante otra resolución, la 006-2019, la entidad establece los requisitos que deberán cumplir las bancas de lotería para la solicitud de permisos de operación.
Indica que la medida fue emitida luego de que la Ley 61-18, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2019, dispusiera en su artículo 21 el levantamiento de la prohibición de la instalación de nuevas bancas de lotería prevista por la Ley 139-11, del 22 de junio de 2011.
Conforme a la resolución 006-2019, la solicitud de concesión deberá ser gestionada de forma presencial a través de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, o en línea, vía el portal web del Ministerio de Hacienda (www. hacienda.gov.do).
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